El talento en la Administración pública : meta realista o quimera oportunista

Leo un espléndido artículo titulado “El talento como fundamento de una función pública postpandemia” de Juan José Rastrollo Suárez, en la oportunísima obra colectiva, que también dirige, titulada “Guía para la planificación, gestión y ejecución de los fondos del Plan para la recuperación, transformación y resiliencia”(Aranzadi,2021).

El concienzudo profesor de la Universidad de Salamanca se adentra en el terreno que ya domina, de la función pública, para examinar el críptico objetivo del art.27 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, sobre medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública, que impone como objetivo prioritario “…el aprovechamiento del talento de las personas al servicio del departamento”.

Con destreza el profesor señala que el talento es un término polisémico, que admite un enfoque objetivo (cualidades) o subjetivo (sujetos talentosos) y que puede tener raíz innata o adquirirse con formación. También nos advierte que puede medirse en relación con un sujeto o predicarse de un grupo.

A continuación muestra su manejo jurisprudencial en relación con el mérito, capacidad o eficacia, aunque admite lo forzado de la asimilación. Y como no, nos indica soluciones del derecho comparado y la necesidad de usar las relaciones de puestos de trabajo y la evaluación del desempeño por cada funcionario del mismo, para conseguir, – lo que nos atrevemos a ilustrar con nuestro personal juicio- cumplir el mandato marxista “¡De cada cual, según sus capacidades; a cada cual según sus necesidades!

El análisis del autor, pionero en la materia, se detiene en los presupuestos para el éxito y técnicas de reorganización de efectivos, con la problemática de contratación temporal y/o nombramientos a tiempo parcial incluidos, así como la cuestión de los incentivos retributivos y cauces de formación, para concluir afirmando sobre el concepto de talento que

Su atracción y su revalorización en el seno de la Administración se queda en una mera declaración de intenciones, lo que pone de manifiesto la necesidad de repensar los modelos de selección y de impulsar una evaluación del desempeño moderna y profesionalizada en el seno de la Administración Pública”.

Por mi parte, considero que la meta de potenciar el talento es legítima pero el concepto es gaseoso, o sea, que no se percibe, no se toca, no se respira y se desvanece.

De hecho, en planteamiento budista, cada persona tiene un talento único, capaz de hacer algo mejor que nadie en el mundo y cuya chispa genera riqueza personal y social. Sin embargo una cosa es el Dharma y otra muy distinta la vida burocrática, donde se espera actividad rutinaria y servicio eficaz y legal, sin estridencias ni versos sueltos. La Administración no quiere que sus funcionarios sean como los sabios filósofos del Parnaso, pensando y dialogando por las oficinas públicas, sino trabajadores en cadena que despachen afanosamente trámites y expedientes.

En cualquier caso, es inútil el talento que dentro o fuera de la Administración, no se manifiesta en hechos, en palabras del novelista Patrick Süskind:

… el talento no significa nada, mientras que la experiencia, adquirida con humildad y con trabajo duro, lo es todo».

En la práctica, eso de conseguir hacer aflorar el talento de los funcionarios es como conseguir la bondad por decreto, algo imposible si se tiene en cuenta lo que nos enseña la realidad sobre el ecosistema burocrático:

  • Hay funcionarios con talento y que carecen de oportunidad para expresarlo por jefes tóxicos, que no toleran innovaciones.
  • Hay funcionarios sin talento, que por mucho que se les paguen incentivos económicos, no se podrá sacar de donde no hay.
  • Hay funcionarios, con o sin talento, que tienen puesto y plaza fija, y no hay estímulo alguno que pueda hacerles ir más allá de cumplir estrictamente con su labor.
  • Quien no sabe administrar su talento, si ocupa cargos con poder, corre el riesgo de la egolatría, y si ocupa cargos sin poder, puede caer en la depresión o apatía por no poder ponerlo en práctica.
  • No hay procedimiento selectivo, ni de promoción interna, ni de provisión de puestos de trabajo, capaz de acertar en la valoración del talento. Para eso serían precisas tres condiciones de hierro: que los miembros de Comisiones y Tribunales tuviesen talento, que los criterios de valoración fueren objetivos y universales, y que se valorase el talento en relación con una competencia funcional concreta.

Para ser realista, me temo que mejor que conseguir funcionarios con talento, es conseguir funcionarios con talante … dialogante, esto es, abiertos al entendimiento de lo que necesita el ciudadano y lo que impone el interés general. No es mucho pedir. En cambio intentar obtener nuevos talentos en la Administración o hacerlo aflorar en quienes ya son funcionarios, mediante instrumentos estratégicos y música de organillo, me temo que es un espejismo.

🔗 Tomado de delajusticia.com

No te pierdas estas historias: